¿Cuál es la situación?
El Instituto Mexicano del Seguro Social es un organismo fiscal autónomo que tiene atribuciones de autoridad para fincar multas y capitales constitutivos a los patrones que incumplan con las aportaciones obrero patronales, la falta de registro de obra, entre otras por obras ejecutadas hasta cinco años atrás.
¿Las empresas identifican las consecuencias de no conocer registrar sus obras aún ya concluidas?
Un número importante de empresas desconocen que, a pesar de haber concluido la obra, existe un alto riesgo de ser identificadas por la autoridad, permitiéndole practicar actos de verificación, y en consecuencia, auditorías que sin duda generarán multas, lo que ocasiona sin duda generará gastos a la organización.
¿Que implica para las constructoras no registrar sus obras en el SIROC aún ya terminadas?
Implica recibir multas por parte del IMSS por obras no registradas ya terminadas. De acuerdo con la Ley del Seguro Social (LSS) y su Reglamento de la Ley del Seguro Social en Materia de Afiliación, Clasificación de Empresas, Recaudación y Fiscalización, las empresas que realizan obras de construcción y no las registran ante el IMSS incurren en diversas sanciones.
Fundamento legal
- El artículo 304 A de la LSS establece que los patrones que no registren a sus trabajadores ante el IMSS o que no proporcionen información veraz sobre las obras que realizan, serán consideradas como infracciones a la Ley y sus Reglamentos, siendo acreedores a multas.
- El artículo 304 B, detalla la forma de sancionar, considerando: La gravedad, condiciones particulares del infractor y en su caso reincidencia. Así mismo el Instituto estimará el equivalente a las multas según corresponda.
Consideraciones adicionales
Es importante destacar que, además de las multas, el IMSS puede tomar otras medidas como:
- Inhabilitar al patrón para realizar obras de construcción.
- Cobrar las cuotas obrero-patronales de manera retroactiva.
- Recargos por mora.
- Cancelación o suspensión del Registro Patronal.
¿Se cuenta dentro de su empresa con los procesos que aseguren el Registro de Obras en el SIROC en tiempo y forma?
Para evitar multas y sanciones por parte del IMSS, es fundamental que las empresas que realizan obras de construcción cumplan con las siguientes obligaciones:
- Registrar la obra ante el IMSS antes de iniciar los trabajos.
- Proporcionar información completa y veraz sobre la obra, el tipo de obra, presupuesto, periodicidad y su ubicación.
- Registrar a todos los trabajadores que laboran en la obra ante el IMSS y asociarlos a la obra.
- Pagar las cuotas obrero-patronales en tiempo y forma.
- Registrar de manera oportuna los procesos de incidencias en el SIROC.
- Realzar el cierre de obra en el SIROC.
Si tiene dudas sobre el registro de obras ante el IMSS o sobre sus obligaciones como patrón, agende una cita y le brindaremos todas las herramientas para cumplir con estas obligaciones.
12 comentarios en “Descubre las multas del IMSS por no registrar una obra, incluso si ya pasó tiempo”
Que tal, necesito ayuda
Mi hermano construyó una casa hece año y medio y hace poco llegó un aviso sobre que necesitba hacer el registro de obra para no ser acreedor a una multa, a mi me dio una carta poder en su momento para yo sacar la licencia de construcción y se contrató a un ingeniero perito para realizar la obra, el ingeniero nos dio facturas quincenales de los pagos a nombre de una constructora, me gustaría saber qué hacer en este caso para no ser multado, en este caso el ingeniero debió registrar la obra? La casa ya está terminada desde hace meses.
Me gustaría recibir información al respecto, que pasa si hacemos caso omiso o que pasa en caso de que mi hermano registre la obra
Gracias, ojalá puedan ayudarme
Estimado Victor gracias por contactarnos, si se omitió el registro de la obra, el Instituto se encuentra dentro de sus facultades para requerir pago de cuotas, ahora bien, es importante conocer si existe contrato con el ingeniero que ejecutó la obra para deslindar responsabilidades y así mismo analizar el aviso recibido para darte una mejor opinión.
Te invitamos a contactarnos para apoyarte de la mejor forma.
En donde se puede denunciar a un vecino que está construyendo y no tiene afiliados a los albañiles que ahí trabajan ? Ojalá me puedan orientar gracias .
Hola, podemos ayudar a cualquier ejecutor de obra en el cumplimiento de sus obligaciones, para prevenir caer en irregularidades. Estamos a la orden en nuestros medios de contacto, saludos cordiales.
Hola disculpe a mi mamá está construyendo su casa casi la termina y le llegó una notificación del seguro que tenía q asegurar a los trabajadores ellos tienen seguro uno de ellos es mi papá y un familiar y a mi mamá nunca le dijeron eso que tenía q tener seguro nadie notificó y ahora la van a multar eso es posible si no sabía nada de eso gracias
Hola, la primera obligación de todo ejecutor de obra, es registrar la obra ante el IMSS, así como dar de alta a los trabajadores que participan en la misma. Esta dentro de las facultades del IMSS el determinar omisiones o diferencias en el pago de estas cuotas obrero patronales. quedamos a tus ordenes en caso de requerir un seguimiento particular.
Hola, buen día
Es posible presentar una declaración de pago de cuotas IMSS extemporanea en dónde solo se informe la vinculación de los trabajadores en obra, existe un plazo máximo para presentarse
Hola, no es posible presentar una declaración complementaria para vincular a los trabajadores a una obra, se tendría que realizar un escrito libre aclaratorio ante la subdelegación correspondiente. Aunque no hay un plazo máximo para presentarlo, se sugiere que se realice antes de la conclusión de la obra. Para un análisis mas preciso y el planteamiento de la mejor solución para el caso, no dudes en ponerte en contacto, saludos.
Buen día, una persona inició una obra desde hace dos años Aproximadamente el uso es comercial a la fecha va en segunda planta construido solo pago al municipio la licencia de construcción y tiene la intención de dar de alta registro patronal en el IMSS por voluntad propia, tendría que registrar la obra desde el momento que inició??? Agradezco su apoyo
Hola Carmen, para darte una opinión más precisa es necesario conocer ¿quien esta ejecutando la obra?… puede ser el mismo dueño o un contratista, para determinar al responsable de la obligación. Podemos hacer un análisis de sobre el registro de la obra y los aspectos a considerar para brindarte una opinión adecuada a tus necesidades, te invitamos a ponerte en contacto a través de nuestros diversos medios
Mi esposo terminó la construcción de una segunda planta en abril de 2024, y ahorita en diciembre le está llegando un citatorio del IMSS pero el hizo la construcción por su cuenta, y en ocasiones un primo le ayudo, obviamente desconocíamos este tema, es posible que haya multa en este caso? Y que se puede hacer
Estimada Yolanda, de acuerdo con el Artículo 4o del REGLAMENTO DEL SEGURO SOCIAL OBLIGATORIO PARA LOS TRABAJADORES DE LA
CONSTRUCCIÓN POR OBRA O TIEMPO DETERMINADO, el cual especifica que sus disposiciones “no son aplicables en los casos de construcción, ampliación o reparación de inmuebles, por aquellos trabajos realizados por su propietario en forma personal o con
ayuda de familiares”… no aplicaría multa alguna, siempre que se puedan comprobar estos hechos a satisfacción del IMSS. Te invitamos a ponerte en contacto para poder brindarte mayor información al respecto.