Revolución Digital en el IMSS: Todo lo que Necesitas Saber sobre el Buzón IMSS

Revolución Digital en el IMSS: Todo lo que Necesitas Saber sobre el Buzón IMSS

El pasado 07 de junio del 2024 fue publicado en el Diario Oficial de la Federación el DECRETO por el que se reforman, adicionan y derogan diversas disposiciones de la Ley del Seguro Social, en materia de herramientas digitales para trámites.

           ¿Pero que es BUZÓN IMSS? Nos remitimos a la fracción XXIII del artículo 5o de la Ley del Seguro Social nos define como ”el sistema de comunicación electrónico implementado, administrado por el Instituto Mexicano del Seguro Social y establecido en su página de Internet, a través del cual podrá realizar la notificación de cualquier acto, requerimiento o resolución administrativa que emita en documentos digitales, e informar sobre aspectos de interés; mediante el cual, los particulares podrán presentar promociones, solicitudes, avisos o dar cumplimiento a sus obligaciones y requerimientos efectuados por el Instituto; ello, mediante documentos digitales, así como realizar consultas sobre su situación fiscal y administrativa ante el Instituto, y”

Como podemos observar, de acuerdo con las líneas anteriores, se resume a un sistema de comunicación electrónico, bidireccional, el cual, desde mi punto de vista, como dice el dicho “llegó para quedarse” dado que es un medio ágil, eficaz, pero sobre todo que implica menos recursos al IMSS para llevar a cabo sus notificaciones en comparación a los medios tradicionales, aunque por otro lado lo podemos visualizar como una herramienta de contacto de los particulares, patrones hacia el mismo IMSS. También es importante mencionar que el IMSS dentro de un plazo de 60 días publicará en el DOF, los trámites y servicios disponibles en el BUZÓN IMSS, así como sus reglas de carácter general para su operación, mientras tanto siguen vigentes los ¨Lineamientos Generales para el uso del BUZÓN IMSS

 

Antecedentes del Buzón IMSS

Cabe señalar que esto no es nuevo, realmente tiene sus antecedentes por ahí del 10 de octubre del 2018, cuando el C.P. José Arturo Lozano Enríquez director de incorporación y recaudación del IMSS, publicó en su cuenta de X que con la finalidad que el IMSS brinde un mejor servicio, esté notificará actos administrativos a través del Buzón Tributario, así mismo cabe señalar que para realizar esta notificación será necesaria la autorización por parte del patrón, lo antes señalado tiene fundamento en los artículos 17-K, 17-L y 134, fracción I del Código Fiscal de la Federación CFF, tercer párrafo del artículo 1ro de la Ley Orgánica de la Administración Pública Federal LOAPF y el 5to de la Ley del Seguro Social LSS, para ese entonces conforme al página oficial del IMSS, algunos trámites que están vinculados con el buzón tributario tenemos presentación de la determinación de la Prima de Riesgo de Trabajo, Emisiones mensuales y bimestrales anticipadas, nuevo SIPARE, consulta tus semanas cotizadas, multas, revisiones electrónicas, créditos fiscales provenientes de facultades de comprobación entre otros.

Posteriormente mediante el comunicado 420/2020 “Buzón IMSS, nuevo paso hacia la modernización del Instituto” el IMSS, a través de la directora de Incorporación y recaudación, Norma Gabriela López Castañeda anunció que, “como continuación en la modernización de todos los trámites y en apoyo de los patrones, se pondrá en marcha en el mes de agosto del presente año, el Buzón IMSS”, lo anterior en virtud al ACUERDO ACDO.AS2.HCT.240620/170.P.DIR, dictado por el H. Consejo Técnico en sesión de 24 de junio de 2020, y su único anexo, por el que se aprueban los lineamientos generales para el uso del Buzón IMSS, mismo que fue publicado en el DOF del 09 de julio del 2020, dentro del cual en el anexo único se dan a conocer los lineamientos generales para el uso del BUZÓN IMSS, en particular en dicho acuerdo hace mención de que los particulares deberán registrar los mecanismos de comunicación como medios de contacto, considerando al menos una dirección de correo electrónico, así como un número telefónico móvil, por último cabe señalar que de acuerdo al fundamento señalado en los artículos 17-K, 17-L y 134, fracción I del Código Fiscal de la Federación CFF, tercer párrafo del artículo 1ro de la Ley Orgánica de la Administración Pública Federal LOAPF y el 5to de la Ley del Seguro Social LSS, el uso del mismo se encuentra condicionado a que el particular dé su autorización para adoptarlo como mecanismo de comunicación, es decir el IMSS no puede accionarlo de manera unilateral.

 

Particularidades del Buzón IMSS

El BUZÓN IMSS podrá notificar los actos y resoluciones administrativas que emita en documentos digitales a través de este, el IMSS emitirá notificaciones en el horario comprendido de las 09:30 a las 18:00 hrs; entre otros.

            Ahora bien, el 22 de septiembre del 2022 se publica en el DOF el ACUERDO ACDO.AS2.HCT.270422/106.P.DIR, dictado por el H. Consejo Técnico es sesión ordinaria de 27 de abril del presente año, por el que se autorizó la modificación de la facción XII del apartado 2. Glosario de Términos, así como el numeral 5.7 del apartado 5.- Del uso del BUZÓN IMSS, de los “Lineamientos generales para el uso del BUZÓN IMSS”.

“Fracción XII del apartado 2 Glosario de términos: Particulares: los derechohabientes, patrones, sujetos obligados, contadores públicos, contadores públicos autorizados,responsables solidarios, terceros relacionados, sean personas físicas o morales y representantes legales que realicen actuaciones ante el IMSS, así como demás personas físicas o morales que sin tener la calidad de los antes mencionados, requieran u opten por hacer uso de los servicis que ofrece el IMSS a través del referido sistema de comunicación”

“5.7 cuando al registrar la manifestación de conformidad o al registrar los mecanismos de comunicación como medio de contacto, el sistema arroje inconsistencias relacionadas con el RFC, el(los) registro(s) patronal(es), la validación de medios de contacto o el funcionamiento en general del BUZÓN IMSS, los particulares podrán presentar al IMSS la solicitud de aclaración, a través de los mecanismos que el IMSS ponga a su disposición para tal efecto”; lo anterior, con el fin de coadyuvar en la transparencia, verificación y cumplimiento de las obligaciones fiscales en materia de seguridad social y ampliar em beneficio de los usuarios el alcance de las aclaraciones que pueden presentarse a través del BUZÓN IMSS.

Aunado a lo anterior fue publicada la guía del público usuario 2022 denominada “Activación tu BUZÓN IMSS” dirigida a los patrones IMSS y particulares que requieran activar su BUZÓN IMSS. https://www.imss.gob.mx/sites/all/statics/validacion/v2/myg-2-ActivacionBuzonIMSS.pdf

 

La estrategia IMSS DIGITAL  

El IMSS la define como “una estrategia para evolucionar al IMSS y adaptarlo a nueva realidad de servicios digitales mediante un nuevo modelo de atención, con la puesta en marcha de canales modernos” y esta surge o toma relevancia por ahí del año 2013 facilitando la comunicación no solo a los patrones, si no también a los derechohabientes, así mismo en marzo del 2015 se lanzó la App IMSS DIGITAL que tiene por objetivo agilizar los trámites más recurrentes y mejorar los servicios digitales que acercan más al Seguro Social con la población derechohabiente.

Basta echar un vistazo a los diversos medios o plataformas electrónicas que el IMSS pone a disposición de los patrones para realizar:

  • Alta patronal de personas físicas.
  • Alta patronal de personas morales.
  • Consulta de incapacidades, Patrón.
  • Dictamen electrónico.
  • Servicios Integral de Registro de Obras de Construcción (SIROC).
  • Consulta de riesgos de trabajo terminados.
  • Consulta de estado de Adeudo.
  • Descarga de comprobantes fiscales.
  • Sistema de Pago Referenciado (SIPARE).
  • Modificaciones en el Seguro de Riesgos de Trabajo.
  • Informativa de Contratos de Servicios u Obras Especializados (ICSOE).
  • Entre otros.

Si deseas saber como dar cumplimiento al reglamento de la construcción utilizando estas plataformas electrónicas, consulta nuestro artículo sobre:

Cumplimiento del Reglamento del Seguro Social: Impacto en la Construcción

Por otro lado, si lo vemos de esta manera en los últimos años, los medios de comunicación entre los particulares, contribuyentes o patrones con el IMSS ha ido evolucionando a la era digital o electrónica dejando a un lado el papel o formatos impresos, dando pie a la estrategia IMSS DIGITAL, pero no nada más con el IMSS si no también con diversas dependencias y autoridades en los diferentes niveles de gobierno, tan simple como voltear a nuestro alrededor y hoy en día contamos con diversas herramientas y/o plataformas digitales, incluso mismas que utilizamos para brindar nuestros servicios en nuestros despachos a nuestros clientes o cumplir con nuestras obligaciones desde nuestras empresas, por citar algunas tenemos:

  • Sistema contable.
  • Sistema para descarga masiva de xml.
  • Sistema de Facturación.
  • Sistema Único de Autodeterminación SUA.
  • Sistema del Portal en Internet SPPLD reportar avisos de operaciones e informes en cero.
  • Portal de finanzas del estado para la declaración y pago del impuesto sobre nómina.
  • Portal del SAT para apertura de establecimientos permanentes, obtener una constancia de situación fiscal, entre otros.

En conclusión podemos decir que hoy en día estamos inmersos en mundo digital, el cual si bien es cierto nos facilita comunicarnos con las diferentes autoridades y dependencias para efectos de dar cumplimiento a nuestras obligaciones y/o promociones, también es cierto que nos facilita la gestión de diversas tareas que nos ahorran tiempos y costos, no debemos perder de vista que dicha información es compartida entre diversas autoridades, lo cual les facilita la recopilación, análisis y cruces de información para programar inspecciones y actos fiscalización más eficaces y más pronto que los años anteriores, pero no todo es malo, al contrario esto nos da pie a que mejoremos nuestros procesos administrativos y de control, se abren nuevas áreas de oportunidad para nuestros despachos e incluso dentro de nuestras organizaciones, como resultado de ello debemos cambiar a una cultura de prevención y no de corrección, créanme que la prevención es menos costosa, puede cuidar nuestro patrimonio y el de cualquier empresario o contribuyente, nos ahorra gastos y dolores de cabeza, así mismo debemos reaccionar y actuar a la misma velocidad que las autoridades.

Acerca del autor

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Gabriel Jardínez Perea

Socio Fundador de SIS Sistema Integral de Soluciones de Consultoría S.C., especialista en IMSS, SIROC y REPSE

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