La NOM 035, ¿a que esta obligado el patrón?

Ambiente laboral NOM 035

La NOM 035, ¿a que esta obligado el patrón?

¿Cuál es la situación?

La NOM 035 es una Norma Oficial Mexicana emitida por la Secretaria del
Trabajo y Previsión Social (STPS) para la Identificación, análisis y prevención
factores de riesgo psicosocial en el trabajo, su objetivo es establecer las
condiciones necesarias en los Centros de Trabajo para identificar, analizar y
prevenir los factores de riesgo psicosocial y promover un entorno organizacional
favorable. Es de aplicación obligatoria en todo el territorio nacional, en todos los
centros de trabajo con diferentes requisitos dependiendo del número de
trabajadores con los que se cuente.

¿A que le obliga a las organizaciones?

En una primera etapa, el patrón del centro de trabajo está obligado a:

1. A establecer por escrito, implantar, mantener y difundir una política de
prevención de riesgos psicosociales, esto es la declaración de principios y
compromisos del patrón para:

• Prevenir los factores de riesgo psicosocial y la violencia laboral.
• La promoción de un entorno organizacional favorable.
• Desarrollar una cultura en la que se procure el trabajo digno o decente.
• La mejora continua de las condiciones de trabajo.

2. A contar con las medidas de prevención.

3. A identificar a los trabajadores expuestos a acontecimientos traumáticos
severos;

4. A difundir la información en el centro de trabajo.

En una segunda etapa, está obligado a:

1. Identificar y analizar los factores de riesgo psicosocial;
2. Evaluar el entorno organizacional;
3. Tomar las medidas y acciones de control;
4. Practicar de exámenes médicos a los trabajadores,
5. Conservar los registros que den evidencia de todo lo anterior.

Implicación

¿Que implica para las organizaciones el incumplimiento de la NOM 035?
La Secretaria del Trabajo y Previsión Social dentro de sus facultades puede
realizar visitas de inspección a los centros de trabajo, las cuales pueden ser
relacionadas con las condiciones generales de trabajo, capacitación y
adiestramiento, de salud y seguridad en el trabajo o de cualquier otra regulación,
incluyendo el cumplimiento con las Normas Oficiales Mexicanas

El Reglamento General para la inspección y aplicación de sanciones por
violaciones a la normatividad laboral contempla Multas de 250 a 5000 UMAS para
los centros de trabajo que incumplan las disposiciones mencionadas, esto
equivale a montos entre $27,142.50 y $542,850.00 para el año 2024.
Cabe destacar que cualquier persona puede presentar una denuncia a la
STPS si cree que un centro de trabajo infringe las leyes laborales.

¿Que requieren hacer las organizaciones?

Es necesario contar con personal competente ya sea interno o externo que
desarrolle las políticas, aseguré las medidas de prevención, aplique los metodos
para identificar a los trabajadores expuestos a acontecimientos traumáticos y
difunda esta información en el centro de trabajo.

Adicionalmente deberá aplicar métodos para identificar y analizar los
factores de riesgo psicosocial, evaluar el entorno organizacional y tomar acciones
de control. Deberán contemplar la necesidad de practicar de exámenes médicos a
los trabajadores y finalmente conservar los registros que den evidencia de todo lo
anterior.

Todo esto implica capacitación, implementación y seguimiento de estas
medidas, por lo que las organizaciones deberán destinar tiempo y recursos para
cumplir con estas medidas y evitar las cuantiosas multas.

Si requiere asesoría para el cumplimiento sistemático de estas
disposiciones no dude que lo más fácil será recurrir a expertos en la materia.

Contáctenos para ayudarle de la forma más práctica y económica al cumplimiento
de la NOM 035 en su organización.

Acerca del autor

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Roberto Bravo

Socio fundador de SIS Sistema Integral de
soluciones de consultoría S.C.

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